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Ampliamos el plazo de pago de la factura hasta el último día del mes

by AdminWeb
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Boletín de Prensa 97. 24 de agosto de 2016

Desde la Dirección Financiera y Comercial de Empresas Públicas de La Ceja E.S.P. se presenta como prueba piloto nuevas fechas de corte para el pago de la factura de los servicios públicos, sólo para quienes tengan facturado un sólo periodo, es decir 0 cuentas vencidas. De esta manera la factura se podrá pagar hasta el último día del mes. Anteriormente, el pago con recargo era hasta el día 25 y se decidió ampliarlo 5 días más. Desde este mes de agosto, la empresa iniciará con esta forma de recaudo.

De esta manera la factura que corresponda al primer mes tendrá como fechas de corte sin recargo hasta el día 20 y con recargo hasta el último día del mes. Cabe resaltar que los usuarios que tengan acumulados 1 o más periodos de consumo, la fecha límite para el pago sigue siendo el 20 de cada mes y deberán cancelar el respectivo recargo.

La empresa invita a la comunidad a cancelar oportunamente sus facturas y evitar que le sea suspendido el servicio, lo cual incrementa los costos por suspensiones y reconexiones. Además, gracias a los recaudos es posible adelantar las obras de inversión que mejoran la calidad de vida de los cejeños. Recuerde que si cancela a tiempo sus facturas sin recargo cada mes, podrá participar de la campaña “Ser Buena paga, Paga” en la cual cada 2 meses se entregan incentivos mediante sorteo entre los usuarios.

¿Si olivé cancelar mi factura del mes de agosto, hasta cuándo tengo plazo de realizar mi pago?

En este caso, su factura del mes de septiembre llegará con el consumo de 2 meses. Deberá cancelarla como fecha límite de pago hasta el 20 de septiembre para evitar suspensión.

¿Si olvide cancelar la factura con 2 periodos de consumo al día 20, que va a suceder?

En este caso la empresa realizará suspensión y usted deberá cancelar a la brevedad su factura para poder contar de nuevo con el servicio. Deberá acercarse a las Oficinas de Atención al Usuario para resolver su situación.

¿Si me suspenden el servicio, debo pagar un costo adicional?

Sí. La empresa se encuentra autorizada por la Comisión Reguladora de Agua Potable (CRA) para realizar el respectivo cobro por suspensión y reconexión, debido a los costos que genera el usuario para el desplazamiento de los operarios, uso de materiales y tiempo invertido en dicha actividad.

Redacción:Paula Andrea Silva López. Aux Comunicaciones. Empresas Públicas de La Ceja E.S.P. 553 7788 ext 113

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