Disposición final de residuos sólidos
(Artículo 1 Decreto 605 de 1996 y Capítulo F1 Resolución MDE 0822 de 1998):
1. Proceso de aislar y confinar los residuos sólidos en forma definitiva de tal forma que no representen daños o riesgos a la salud humana y al medio ambiente.
2. Proceso de aislar y confinar los residuos sólidos en forma definitiva, efectuado por las personas prestadoras de servicios,disponiéndolos en lugares especialmente diseñados para recibirlos y eliminarlos,obviando su contaminación y favoreciendo la transformación biológica de los materiales fermentables, de modo que no representen daños o riesgos a la salud humana y al medio ambiente.
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