Estratos 1 y 2 podrán acceder al programa Mínimo Vital de Agua Potable
Boletín de prensa 005. 19 de enero de 2018
Con el Acuerdo Municipal 022 de noviembre de 2017 el Concejo Municipal aprobó la creación del programa Mínimo Vital de Agua Potable, por tal motivo, la Administración Municipal mediante el Decreto 013 del 15 de enero de 2018 reglamentó el programa que tiene como principal objetivo subsidiar a las familias de los estratos 1 y 2 que presenten condiciones de especial protección otorgando entre 2, 4 y 6 metros cúbicos mensuales de agua según las condiciones de vulnerabilidad de las familias. El programa será administrado por Empresas Públicas de La Ceja ESP.
Este programa también busca minimizar el impacto ocasionado por el desmonte del consumo básico subsidiable reglamentado por la Comisión Reguladora de Agua Potable a través de la Resolución CRA 750 DE 2016, por la cual, los m3 de agua subsidiables fueron reducidos para los estratos 1,2 y 3, pasando de 17m3 en el 2016 a 11 m3 en el mes de enero de 2018.
Para acceder al programa, los usuarios de los estratos 1 y 2 deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos establecidos:
- Estar en condiciones de vulnerabilidad, acorde a lo determinado en la reglamentación del programa de mínimo vital de agua potable. (adulto mayor, persona cabeza de hogar, menor de ocho (8) años, menor entre ocho (8) y dieciocho (18) años, víctima del conflicto armado, desempleado, embarazo, situación de discapacidad, enfermedad incapacitante)
- Ser usuario del servicio de acueducto de Empresas Públicas de La Ceja E.S.P.
- Pertenecer a los estratos residenciales 1 o 2
Los pasos para realizar el proceso de inscripción son los siguientes:
- El usuario deberá diligenciar el formulario de inscripción que se encuentra en las páginas web eeppceja.serconin.com y www.laceja-antioquia.gov.co o reclamarlo en el archivo de Empresas Públicas de La Ceja ESP – 3er piso de Punto CIEM.
- El formulario debe traer anexo los documentos que acrediten los requisitos mínimos para pertenecer al programa. (Se encuentran detallados en el formulario de inscripción).
- Una vez diligenciado el formulario se debe entregar en el archivo central de Empresas Públicas de La Ceja ESP – 3er piso de Punto CIEM.
Empresas Públicas de La Ceja ESP será la encargada de realizar el proceso de revisión y calificación de los usuarios inscritos, a partir de la fecha de entrega, la empresa tendrá 1 mes para dar a conocer los resultados y ponerse en contacto con los beneficiarios.
No existe un límite de tiempo para pertenecer al programa, siempre y cuando la familia beneficiada siga cumpliendo con los requisitos que lo hicieron acreedor.
Cabe resaltar que si el grupo familiar deja de cumplir o tiene un cambio en alguno de los requisitos, deberá informar a la empresa de servicios públicos para evitar sanciones que implican la devolución del monto del beneficio otorgado.
La Administración Municipal se encuentra evaluando la posibilidad de presentar un nuevo acuerdo al Concejo Municipal que permita ampliar este beneficio a las familias de estrato 3 que presenten condiciones de especial protección.
Con este importante proyecto La ceja integrará el listado de las ciudades donde se ha reglamentado el programa Mínimo Vital de Agua Potable como lo son Bogotá, Medellín, Cali, Bucaramanga, Pereira y el municipio de La Estrella Antioquia.
Redacción. Paula Andrea Silva López. Asesora de Comunicaciones de Empresas Públicas de La Ceja E.S.P. 553 7788 ext 113.