Por el cual se modifica el numeral 8 del artículo 3 del Decreto 1333 de 2019
Este Decreto modifica el numeral 8 del artículo 3 del Decreto 1333 de 2019, el cual quedará así: "8. A partir del año 2020, las resoluciones de reconocimiento de deuda pública que para tal efecto se expidan durante cada vigencia fiscal, no podrán exceder el valor máximo que para cada vigencia determine el Consejo Superior de Política Fiscal -CONFIS. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público comunicará al Ministerio de Salud y Protección Social y a la ADRES los valores autorizados…